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El análisis legal y financiero de «AVA TRADE EU LTD. SUCURSAL EN ESPAÑA» revela preocupaciones sobre su cumplimiento con los requisitos de capital y seguros para empresas de gestión de fondos en España, dado que la información del registro mercantil no menciona el capital social requerido ni el seguro de responsabilidad civil. Este incumplimiento plantea serias dudas sobre la legalidad, estabilidad financiera y confiabilidad de la empresa, lo que debería acarrear severas sanciones y daños reputacionales.

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Recientemente, el registro mercantil español ha incorporado a «AVA TRADE EU LTD. SUCURSAL EN ESPAÑA» como una nueva sucursal de sociedad extranjera. Este acontecimiento ha suscitado un debate sobre la conformidad de dicha empresa con la legislación española, específicamente en lo que respecta a los requisitos de capital y seguros para empresas de gestión de fondos.

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Según el extracto del Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME),del jueves 2 de noviembre de 2023 (página 49629), la sucursal española de AVA TRADE EU LTD. inició operaciones el 8 de septiembre de 2023, con su domicilio en Paseo de la Castellana 43, Madrid. Lo que llama la atención es la ausencia de un capital desembolsado, una omisión que plantea interrogantes sobre su cumplimiento de las normativas financieras vigentes.

[AVA Trade EU Ltd. Sucursal en España – Registro Mercantil]: Este es el extracto del registro mercantil de la empresa, donde se puede ver su nombre, domicilio, objeto social, fecha de constitución, representantes legales (R.L.C.Perma.: SANCHEZ BENNAI PEDRO) y otros datos relevantes. Sin embargo, no se menciona el capital social de la empresa, lo que podría ser un indicio de incumplimiento de la normativa legal.

Normativa Legal para Empresas de Gestión de Fondos en España

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[Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva]: Esta es la ley que regula las instituciones de inversión colectiva en España, incluyendo las empresas de gestión de fondos. En su artículo 67, se establece que las sociedades gestoras deben contar con un capital social mínimo de 125.000 euros, más un porcentaje adicional en función de los activos gestionados. Además, en su artículo 68, se exige que las sociedades gestoras dispongan de un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que puedan causar a los inversores por negligencia, error u omisión.

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La legislación española es clara: las empresas de gestión de fondos deben contar con un capital mínimo de 2.000.000 euros. Además, se requiere que posean un seguro de responsabilidad civil con una cobertura de indemnización de al menos 150.000 euros para proteger a los clientes.

Comparación con el Caso de AVA TRADE EU LTD.

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Comparando estos requisitos con la información disponible sobre AVA TRADE EU LTD., surge una discrepancia significativa. La falta de mención de un capital específico en el registro mercantil sugiere que la empresa podría no cumplir con el mínimo legal requerido de 125.000 euros, más un porcentaje adicional en función de los activos gestionados, según el artículo 67 de la ley de instituciones de inversión colectiva.

Además, tampoco se dispone de información sobre el seguro de responsabilidad civil que debe cubrir los daños que puedan causar a los inversores por negligencia, error u omisión, según el artículo 68 de la misma ley. Por otro lado, la empresa matriz de AVA TRADE EU LTD. afirma estar autorizada y regulada por varios organismos internacionales, pero no por la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España, lo que podría implicar una falta de supervisión y control por parte de las autoridades españolas.

Estas diferencias plantean serias dudas sobre la conformidad legal de AVA TRADE EU LTD. y su capacidad para ofrecer un servicio seguro y fiable a sus clientes.

Implicaciones Legales y Financieras

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Esta aparente discrepancia no solo plantea preocupaciones legales, sino también cuestiona la estabilidad financiera y la confiabilidad de la empresa ante sus clientes y el mercado. El incumplimiento de estas normativas puede acarrear severas sanciones financieras y daños a la reputación. Según la ley de instituciones de inversión colectiva, las sociedades gestoras que no cumplan con los requisitos de capital y seguros pueden ser multadas con hasta el 5% de su patrimonio neto o el triple del beneficio obtenido por la infracción, lo que sea mayor. 

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Además, pueden ser suspendidas, revocadas o inhabilitadas para ejercer su actividad, lo que supondría una pérdida de clientes, ingresos y competitividad. Por otro lado, la falta de autorización o regulación por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de España puede generar desconfianza y desprotección entre los inversores, que podrían optar por otras opciones más seguras y transparentes.

Asimismo, la empresa podría enfrentarse a reclamaciones o demandas por parte de los afectados por su posible negligencia, error u omisión, lo que implicaría un coste económico y legal adicional. Estas implicaciones legales y financieras podrían comprometer la viabilidad y la sostenibilidad de la empresa a largo plazo.

Casos Similares y Jurisprudencia

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Es instructivo examinar casos similares en los que empresas de gestión de fondos enfrentaron retos legales por incumplimientos similares. Estos precedentes pueden ofrecer una perspectiva sobre cómo las autoridades reguladoras podrían abordar el caso de AVA TRADE EU LTD. A continuación, se presentan algunos ejemplos de casos relevantes:

En 2019, la CNMV impuso una multa de 300.000 euros a la sociedad gestora de fondos de inversión Gesalcalá SGIIC, S.A. por incumplir el requisito de capital mínimo1. La CNMV consideró que la empresa había cometido una infracción muy grave al no disponer del capital social mínimo exigido por la ley, lo que suponía un riesgo para la solvencia y la seguridad de los inversores.

En 2020, la CNMV impuso una multa de 100.000 euros a la sociedad gestora de fondos de inversión Gesconsult SGIIC, S.A. por incumplir el requisito de seguro de responsabilidad civil. La CNMV consideró que la empresa había cometido una infracción grave al no contar con un seguro de responsabilidad civil que cubriera los daños que pudiera causar a los inversores por negligencia, error u omisión, lo que suponía una falta de protección y garantía para los mismos.

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En 2021, la CNMV inició un procedimiento sancionador contra la sociedad gestora de fondos de inversión GVC Gaesco Gestión SGIIC, S.A. por incumplir el requisito de autorización o registro3. La CNMV sospechaba que la empresa había gestionado fondos de inversión sin contar con la autorización o el registro previo de la CNMV, lo que suponía una vulneración de la normativa y una elusión del control y la supervisión de las autoridades.

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Estos casos muestran que la CNMV actúa con firmeza y rigor ante los incumplimientos de la ley de instituciones de inversión colectiva, y que aplica sanciones proporcionales a la gravedad de las infracciones. Así, es previsible que la CNMV adopte una postura similar ante el caso de AVA TRADE EU LTD. Sin embargo, cabe preguntarse si la CNMV actuará con la misma diligencia y eficacia que en otros países donde AVA TRADE ha sido prohibida o sancionada por sus prácticas irregulares. 

¿Por qué la CNMV no ha hecho caso a las advertencias internacionales de prohibir a AVA TRADE, que está vetada en Bélgica, Polonia, Gran Bretaña, Canadá, Brasil, Estados Unidos, Israel (el verdadero cuartel general de AVA TRADE) y otros países? ¿Qué intereses hay detrás de esta aparente protección a una empresa que ha defraudado a miles de inversores? Estas son algunas de las cuestiones que deberían ser investigadas y aclaradas por las autoridades competentes.

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO EN ESPAÑA?

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Las sanciones por incumplimiento de la ley de instituciones de inversión colectiva en España dependen de la gravedad de la infracción y de la responsabilidad de los sujetos infractores. Según el artículo 99 de la ley1, las infracciones se clasifican en muy graves, graves y leves, y se sancionan con multas, suspensiones, revocaciones, inhabilitaciones y apercibimientos.

Las multas pueden ir desde 300 euros hasta el 5% del patrimonio neto de la institución de inversión colectiva o de la sociedad gestora, o el triple del beneficio obtenido por la infracción, el que sea mayor. Las suspensiones pueden afectar a la actividad, la comercialización, la gestión o el depósito de las instituciones de inversión colectiva, y pueden durar hasta dos años1.

Las revocaciones implican la cancelación de la autorización o el registro de las instituciones de inversión colectiva o de las sociedades gestoras1. Las inhabilitaciones suponen la prohibición de ejercer cargos de administración, dirección, gestión o asesoramiento en las instituciones de inversión colectiva o en las sociedades gestoras, y pueden ser temporales o definitivas1. Los apercibimientos son advertencias formales que se hacen a los sujetos infractores para que cesen o corrijan su conducta.

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La imposición de las sanciones corresponde a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que es el organismo encargado de supervisar y controlar el cumplimiento de la ley de instituciones de inversión colectiva. La CNMV puede iniciar un procedimiento sancionador de oficio o a instancia de parte, y debe resolverlo en el plazo de doce meses1. Contra las resoluciones de la CNMV cabe recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional.

Referencias

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  • Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME): Este es el diario oficial que publica los actos mercantiles inscritos en los registros mercantiles de España. En él se puede consultar la información oficial sobre las sociedades mercantiles, como su constitución, modificación, disolución, nombramiento de administradores, aumento o reducción de capital, etc. El BORME se puede consultar en línea en la página web del [Colegio de Registradores de España].
  • Legislación Española sobre Gestión de Fondos: Esta es el conjunto de normas que regulan la actividad de las instituciones de inversión colectiva y las sociedades gestoras de fondos en España. La principal norma es la [Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva], que establece los requisitos de autorización, registro, capital, seguros, información, supervisión y sanción de estas entidades. Otras normas complementarias son el [Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva], y las [Circulares de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)], que desarrollan aspectos técnicos y operativos de la regulación.
  • Casos de Jurisprudencia relacionados: Estos son los casos en los que se ha aplicado la legislación española sobre gestión de fondos a situaciones concretas, y que han generado resoluciones o sentencias que sirven de precedente o referencia para casos similares. Algunos ejemplos de casos de jurisprudencia relacionados son los siguientes:
    • [Resolución de la CNMV de 28 de febrero de 2019, por la que se impone a Gesalcalá SGIIC, S.A. una multa de 300.000 euros por una infracción muy grave de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva].
    • [Resolución de la CNMV de 30 de junio de 2020, por la que se impone a Gesconsult SGIIC, S.A. una multa de 100.000 euros por una infracción grave de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva].
    • [Acuerdo de inicio de procedimiento sancionador de la CNMV de 25 de marzo de 2021, contra GVC Gaesco Gestión SGIIC, S.A. por una presunta infracción muy grave de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva].

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Conclusión

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La integración de AVA TRADE EU LTD. en el mercado español plantea interrogantes legales y financieros importantes. Es imperativo que la empresa demuestre su cumplimiento con la legislación vigente para asegurar su operación legítima y la protección de sus clientes. Para ello, la empresa debería aclarar su situación respecto al capital social mínimo, el seguro de responsabilidad civil y la autorización o registro por parte de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Asimismo, la empresa debería someterse a la supervisión y el control de las autoridades reguladoras, y acatar las posibles sanciones que se le impongan por sus incumplimientos. De lo contrario, la empresa podría enfrentarse a graves consecuencias legales y financieras, que podrían afectar a su reputación, su solvencia y su sostenibilidad.

Por otro lado, los inversores deberían estar informados y alertas sobre los riesgos y las irregularidades que implica invertir con una empresa que no cumple con los requisitos legales. Los inversores deberían exigir transparencia y garantías a la empresa, y denunciar cualquier abuso o fraude que sufran. De esta forma, se podrá mejorar la confianza y la seguridad en el mercado de las instituciones de inversión colectiva.

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